Críticas al Derecho Penal Premial en Guatemala
DOI:
https://doi.org/10.36314/cunori.v5i2.175Palabras clave:
derecho penal, delincuencia, colaborador eficazResumen
OBJETIVO: El presente trabajo tiene como finalidad resaltar el momento histórico en el que tienen lugar la figura del colaborador eficaz dentro del derecho penal premial guatemalteco. MÉTODO: deductivo, analítico, sintético. RESULTADOS: en la actualidad, la figura del colaborador eficaz, es común en los procesos contra la delincuencia organizada, dada su nivel organizativo y complejo, lo que hace suponer que el Ministerio Público como responsable de la persecución penal en Guatemala, no posee las herramientas de investigación y de formación para poder construir la verdad histórica de los hechos, y es por tal razón que se impregna en el ordenamiento jurídico nacional una figura, que violenta totalmente el Estado Democrático de Derecho. CONCLUSIÓN: la colaboración eficaz, viola las garantías desarrolladas en el derecho penal del ciudadano desarrollado por la Constitución Política de la República, Convenios Internacionales en materia de derechos Humanos, el Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley Orgánica del Ministerio Público, al facilitar que el Ministerio Público construya las teorías de casos, a partir de declaraciones prestadas por criminales en calidad de colaboradores eficaces, a cambio de beneficios punitivos.
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